La aplicación del Reglamento sobre Deforestación de la UE, atrasada un año


6 diciembre, 2024

El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para aplazar 12 meses la aplicación del Reglamento sobre Deforestación de la Unión Europea (UE). No obstante, este nuevo acuerdo aún debe ser confirmado por ambas instituciones antes de pasar al procedimiento formal de adopción.

Asimismo, este aplazamiento posibilitará que Estados miembros, terceros países, operadores y comerciantes estén plenamente preparados en cuanto a sus obligaciones de diligencia debida, para asegurar que determinadas materias primas y productos vendidos en la UE estén libres de deforestación.

En concreto, esto incluye los productos derivados del ganado, la madera, el cacao, la soja, el aceite de palma, el café y el caucho.

Aplicación fluida y mayor seguridad jurídica

El Reglamento sobre Deforestación de la UE está en vigor desde el 29 de junio de 2023, y estaba previsto que sus disposiciones se aplicasen a partir del próximo 30 de diciembre.

Sin embargo, los dos colegisladores aceptaron la propuesta de la Comisión de aplazar un año la fecha de aplicación del reglamento, hasta el 30 de diciembre de 2025. Esta propuesta responde a las preocupaciones planteadas por los Estados miembros, terceros países, comerciantes y operadores, que podían no cumplir plenamente las normas antes del vencimiento de dicho plazo.

El 16 de octubre de 2024, el Consejo acordó su posición respecto al aplazamiento del reglamento de la UE sobre deforestación. Más adelante, el 20 de noviembre, reiteró su apoyo a la propuesta de enmienda específica a dicho reglamento.

De este modo, se lograría seguridad jurídica, previsibilidad y tiempo suficiente para la aplicación fluida y efectiva de las normas, incluyendo el pleno establecimiento de sistemas de diligencia debida que abarquen todas las materias primas y productos pertinentes.

Por otro lado, según el acuerdo provisional, esta enmienda no afectará a la sustancia de las normas vigentes, cuyo objetivo es "reducir al mínimo la contribución de la UE a la deforestación y la degradación forestal en todo el mundo, permitiendo únicamente la comercialización en el mercado de la UE o la exportación desde la UE de productos no deforestados".

Tras la aprobación y adopción de este acuerdo provisional por parte de ambas instituciones, se publicará en el Diario Oficial de la UE, para que pueda entrar en vigor antes de la fecha de aplicación del reglamento actual (30 de diciembre de 2024).

*Para más información: https://www.consilium.europa.eu/

Cocina Integral

06.12.2024


MILESSI

PUBLICIDAD